miércoles, 30 de septiembre de 2015

miércoles, 23 de septiembre de 2015

NEGOCIACIÓN EFECTIVA VS NO EFECTIVA

Conflicto Emocional - Racional


EXTRA: Santos dice que 'en seis meses' debe firmarse la paz | LA F.m. - RCN Radio

EXTRA: 
Santos dice que 'en seis meses' debe firmarse la paz | LA F.m. - RCN Radio

Mediadores


Conflicto y Mediación

Conflicto y Mediación

imagenes sobre conflictos








Solución de Conflictos laborales


Solución de Conflictos laborales
¡La mejora manera de resolver conflictos es dialogando, conciliando te invitamos a ponerte en los zapatos del otro todo tiene solución!












https://prezi.com/nf3krhyowv-f/edit/#0_13415665

https://prezi.com/nf3krhyowv-f/edit/#0_13415665

COPIAR ENLACE Y VISUALIZAR EN UN EXPLORER 

viernes, 11 de septiembre de 2015

Marco legal



MARCO LEGAL COLOMBIANO PARA EL MANEJO DE CONFLICTOS.

LEY 13 DE 1825:

La figura de la conciliación como requisito para que un proceso o expediente avanzara; esta ley se conoce abiertamente como norma precursora de la conciliación, instituía en su letra, "que ningún proceso se adelantaría sin intentar la conciliación ante los alcaldes municipales o parroquiales".

LEY 28 DE 1913:

Por la cual se brinda la faculta a la cámara y comercio para llevar a cabo diferentes métodos para la resolución de conflictos
Las Cámaras de Comercio tienen por objeto en términos generales, propender al desarrollo de los intereses colectivos del comercio, de las industrias y de la agricultura en las regiones de su jurisdicción, fomentar el turismo en beneficio del país y procurar la prosperidad de dichas regiones.

Ver ley 28 de 1913 en:

LEY 23 DE 1991:

“Por medio de la cual se crean mecanismos para descongestionar los despachos judiciales, y se dictan otras disposiciones”.
Este primer gran estatuto de la conciliación se detiene en la conciliación laboral ante las autoridades administrativas, la conciliación en materia de familia y contencioso administrativa. Regula los centros de conciliación y finalmente la conciliación en equidad

Ver ley 23 de 1991 en:

LEY 270 DE 1996:

Por la cual se promulga la ley de administración de justicia.
El congreso de Colombia, considerando que la justicia es un valor superior consagrado en la Constitución Política que debe guiar la acción del Estado y está llamada a garantizar la efectividad de los derechos fundamentales, dentro del marco del Estado Social y Democrático de Derecho, y a lograr la convivencia pacífica entre los colombianos, y que dada la trascendencia de su misión debe generar responsabilidad de quienes están encargados de ejercerla.

Ver ley 270 de 1996 en:

LEY 446 DE 1998:

Desarrolla los mecanismos alternativos de solución de solución de conflictos, define la conciliación y los asuntos pasibles de la misma, señalando lo efectos y en su momento el requisito de procedibilidad. Además, regula la conciliación contencioso administrativa judicial y prejudicial, la laboral extrajudicial y la administrativa en materia de familia. En sus seccione 5ª y 6ª se refiere a los centros de conciliación y a los conciliadores, y finalmente expone la conciliación en equidad, no sin antes referirse a la conciliación judicial, particularmente en materia civil Por la cual se adoptan como
Artículo 64. Definición. La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismo la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

Ver ley 446 de 1998 en:

DECRETO 1818 DE 1998:

Por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley.

Ver decreto 1818 de 1998 en:

DECRETO 2511 DE 1998

Por el cual se reglamenta la conciliación extrajudicial contencioso administrativa y en materia laboral .
Campo de aplicación. Las normas del presente decreto se aplicarán a la conciliación extrajudicial contenciosa administrativa y en materia laboral.

ver decreto 2511 de 1998:

LEY 640 DE 2001

"Por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones".
Normas generales aplicables a la conciliación
ARTICULO  Acta de conciliación. El acta del acuerdo conciliatorio deberá contener lo siguiente:
1. Lugar, fecha y hora de audiencia de conciliación.
2. Identificación del conciliador.
3. Identificación de las personas citadas con señalamiento expreso de las que asisten a la audiencia.
4. Relación sucinta de las pretensiones motivo de la conciliación.
5. El acuerdo logrado por las partes con indicación de la cuantía, modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones pactadas.

PARAGRAFO 1º. A las partes de la conciliación se les entregará copia auténtica del acta de conciliación con constancia de que se trata de primera copia que presta mérito ejecutivo.

Ver decreto 640 de 2001 en:

LEY 1285 DE 2009

Se reglamenta la conciliación como pre-requisito en materia administrativa
Por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia.
Artículo  1°. Modifíquese el artículo  de la Ley 270 de 1996:
Artículo 4°. Celeridad y Oralidad. La administración de justicia debe ser pronta, cumplida y eficaz en la solución de fondo de los asuntos que se sometan a su conocimiento. Los términos procesales serán perentorios y de estricto cumplimiento por parte de los funcionarios judiciales. Su violación injustificada constituye causal de mala conducta, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar. Lo mismo se aplicará respecto de los titulares de la función disciplinaria.
Las actuaciones que se realicen en los procesos judiciales deberán ser orales con las excepciones que establezca la ley. Esta adoptará nuevos estatutos procesales con diligencias orales y por audiencias, en procura de la unificación de los procedimientos judiciales, y tendrá en cuenta los nuevos avances tecnológicos.

Ver ley 1285 de 2019 completa:


lunes, 7 de septiembre de 2015

MANEJO DEL CONFLICTO


MANEJO DE CONFLICTO

Conflicto como aspecto positivo: 

La habilidad para entender y diagnosticar correctamente el conflicto, viene a ser el primer paso en la administración del mismo. En esencia el conflicto parece ser un "desacuerdo", "contradicción" o "incompatibilidad". Conflicto es cualquier situación en la cual hay incompatibilidad de: metas, pensamientos, o emociones, dentro o entre individuos o grupos que llevan una oposición.
Conflicto de Metas: es una situación en la cual un fin deseado o resultado preferido al parecer es incompatible.
Conflicto Cognoscitivo: es una situación en la cual las ideas o pensamiento son percibidos como incompatibles.

Conflicto Afectivo:
 es una situación en la cual los sentimientos o emociones son incompatibles, esto es, las personas literalmente llegan a enfurecerse o molestarse.


Conflicto como fuerza positiva: La creación y solución de conflicto conduce a solucionar constructivamente el problema. Lo cual puede causar que la gente busque nuevas formas de hacer las cosas. Conlleva innovación y cambio.

Conflicto como fuerza negativa: El conflicto puede afectar negativamente el aspecto psicológico de los empleados, si éste es severo, resultará en tensiones, ansiedad, ante las amenazas del conflicto sobre las metas personales.

Finalmente el conflicto puede acarrear profunda competencia donde la cooperación entre los empleados es necesaria, y que lógicamente conlleva a resultados negativos.
Desde mediados de la década del 70 se  han observado profundos cambios en el entorno donde surgen   las organizaciones.
Actualmente, la tasa de innovación tecnológica es muy   acelerada que se ha conocido en la humanidad. Se reduce significativamente el tiempo que transcurre entre un descubrimiento científico y su aplicación a la producción, así como el ciclo de vida de los productos. Por otra parte, se modifican las tecnologías de comercialización y financiación de las operaciones comerciales.
Tres características han tenido estos grandes cambios: en primer lugar, la extraordinaria celeridad con que se han producido; en segundo, la profundidad y amplitud del espectro de cuestiones que abarcan; y, en tercero, su imprevisibilidad, es decir, la imposibilidad no sólo de preverlos, sino de imaginárselos.
Todo ello ha puesto en crisis muchos paradigmas gerenciales tradicionales que, en la actualidad, resultan estrechos o inoperantes bajo las nuevas circunstancias de gestión. Una investigación efectuada a principios de la década de los 90 arrojó que las habilidades profesionales fundamentales de los gerentes en el 2000 deberán ser: la formulación de estrategias, la dirección de recursos humanos, la mercadotecnia y las ventas, el manejo de las finanzas y la negociación y la solución de conflictos.
Según el diccionario de la lengua española, la palabra negociación proviene del latín negotiatio que significa acción y efecto de negociar.
A juicio de Pinkas Flint Blank, la negociación es un proceso de comunicación dinámico, en merito del cual dos o más parte tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin de lograr con ello una solución que genere mutua satisfacción de intereses. Estas diferencias deben ser resueltas por las partes aprovechando los distintos valores que cada una de ellas asigna a la toma de decisiones.
Existen ciertas características institucionales y estructurales de las situaciones de negociación que pueden facilitar la táctica del compromiso, o hacerla más accesible a una de las partes que a la otra o afectar a la probabilidad de un compromiso simultáneo o de un punto muerto:

* Utilización de un agente negociador.
* Secreto contra publicidad
* Negociaciones entrecruzadas.
* Negociaciones continuas.
* Agenda restringida
* La posibilidad de compensación.




VENTAJAS   DEL  CONFLICTO


•Sirven de válvula de escape permitiendo que se libere la presión y trayendo a la superficie los problemas más ocultos, los cuáles pueden afrontarse y resolverse.
•Se estimula a los individuos a ser creativos y buscar mejores métodos que generen resultados de mayor satisfacción, al mismo tiempo que los impulsa a innovar y probar nuevas ideas.
•Ayuda a las partes en conflicto a lograr un mejor conocimiento de los demás y también de sí mismos.
•Cuando los conflictos se resuelven de conformidad para ambas partes, las personas se sentirán más comprometidas con la solución, lo que llevará no sólo al logro de los objetivos, sino también a una interrelación más sana y madura.

DESVENTAJAS   DEL  CONFLICTO


•Las posibles desventajas existen especialmente cuando el conflicto se sale de control y dura mucho tiempo o se vuelve demasiado intenso. También cuando se pretende evadir el conflicto y éste como una bola de nieve se va convirtiendo en un alud más difícil de manejar.
•Los conflictos interpersonales pueden deteriorar la disponibilidad para la cooperación y el trabajo en equipo, ya que a veces generan un clima de desconfianza que afecta o impide la coordinación de esfuerzos.
•Algunas personas sufren un deterioro de su autoestima, en otros se afecta su motivación.

•Los dirigentes deben prevenir estas desventajas o efectos negativos del conflicto y anticipando las probables consecuencias, aplicar las estrategias adecuadas para que con un manejo inteligente no lleguen a presentarse.


sábado, 5 de septiembre de 2015

Negociación y Manejo del Conflicto

Que es un conflicto?

Un conflicto es una circunstancia que se presenta entre dos o más personas, donde se persiguen objetivos incompatibles o que así lo sienten , generando confrontación, desacuerdo, enfrentamiento, oposición entre las partes.

El conflicto puede ser visto desde otras áreas que no son propiamente Jurídicas, el cual lo ayuda a entender desde otros puntos de vista. Las áreas son las siguientes: 
  • La Biología, el conflicto es cuando el instinto se enfrenta al medio.
  • La Psicología, el conflicto es visto como una frustración.
  • La Física, el conflicto es un estado de detención incrementado.
  • La Sociología, el conflicto es algo indispensable para la sociedad y para la humanidad. 
  • Para otras regiones, el conflicto es visto como una oportunidad.

Manejo de conflicto

Manejo de conflicto